El Decreto Supremo 1793 reglamenta la Ley de Telecomunicaciones, que dispone en su artículo 77 la promoción y prioridad de la utilización del software libre. Caro detalló que el decreto tiene tres elementos: el primero, establece instancias, plazos y procedimientos para el “gobierno electrónico”.
El segundo, explica características del acceso al software libre, que es la libertad de los usuarios para ejecutar, copiar, distribuir e incluso modificar programas del sistema (windows, photoshop, etc.) y todo de forma gratuita.
El uso y certificación de la firma digital es el tercer elemento. El reglamento da seis meses, a partir de la aprobación de los estándares técnicos, para implementar infraestructura y procedimientos para su aplicación y certificación digital.
“Es una medida positiva tener el software libre como política de Estado. La firma digital, que es un componente de software, reducirá la burocracia porque los trámites serán vía internet”, dijo Mario Duran, ciberactivista.
Fuente: La Razon
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