Las directrices del software libre según debian

    La distribución Debian no solo es una distribución muy popular, a demostrado cumplir su filosofía y sus usuarios lo cumplen. A continuación mencionamos sus principios filosóficos: Libre redistribución

    La licencia de un componente de Debian no puede restringir a un tercero el vender o entregar el programa como parte de una distribución mayor que contiene programas de diferentes fuentes. La licencia no debe solicitar «royalties» u otras comisiones para su venta.

    Código fuente

    El programa debe incluir el código fuente completo, y debe permitir la distribución en forma de código fuente y en forma compilada (binario).

    Trabajos derivados

    La licencia debe permitir modificaciones y trabajos derivados y debe permitir que estos se distribuyan bajo los mismos términos que la licencia del programa original.

    Integridad del código fuente del autor

    La licencia puede restringir la distribución del código fuente en forma modificada sólo si la licencia permite la distribución de parches (patch files) para poder modificar el código fuente original del programa en el momento de compilarlo. La licencia debe permitir explícitamente la distribución de software a partir de código fuente modificado. La licencia puede obligar a los trabajos derivados a llevar un nombre o número de versión diferentes del programa original Esto es un compromiso. El grupo de Debian anima a todos los autores a no restringir ningún fichero, fuente o compilado, de ser modificado.

    No discriminación contra personas o grupos

    La licencia no debe discriminar a ninguna persona o grupo de personas.

    No discriminación en función de la finalidad perseguida

    La licencia no puede restringir el uso del programa para una finalidad determinada. Por ejemplo, no puede restringir el uso del programa a empresas con fines comerciales, o en investigación genética.

    Distribución de la licencia

    Los derechos y libertades de uso asociados al programa deben aplicarse en la misma forma a todos aquellos a los que se redistribuya el programa, sin necesidad de pedir una licencia adicional para estas terceras partes.

    La licencia no ha de ser específica para Debian

    Los derechos asociados al programa no deben depender de que el programa sea parte o no del sistema Debian. Si el programa es extraído de Debian y usado o distribuido sin Debian, pero manteniendo el resto de las condiciones de la licencia, todos aquellos a los que el programa se redistribuya deben tener los mismos derechos que los dados cuando forma parte de Debian.

    La licencia no debe contaminar a otros programas

    La licencia no debe poner restricciones sobre otros programas que se distribuyan junto con el programa licenciado. Por ejemplo, la licencia no puede insistir que todos los demás programas distribuidos sobre el mismo medio deben ser software libre.

    Ejemplos de licencias

    Las licencias GPL, BSD, y Artística son ejemplos de licencias que nosotros consideramos libres.

    La expresión contrato social con la comunidad de software libre fue sugerida por Ean Schuessler. El primer borrador de este documento fue escrito por Bruce Perens, fue modificado por los demás desarrolladores de Debian durante una conferencia por correo electrónico que duró un mes (junio de 1997) y finalmente aceptado como la normativa pública del proyecto Debian.

    Posteriormente, Bruce Perens eliminó las referencias específicas a Debian en las directrices de Debian para el Software Libre (DFSG), creando la definición de Open Source.

    Fuente: Debian

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